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RENUEVE SU NIE

A la hora de enfrentarse a la renovación del permiso de residencia y trabajo debemos diferenciar la diferente terminología en materia de Extranjería a este respecto:

  • La tarjeta o autorización de residencia de larga duración es por 5 años y se refiere al Régimen General del Real Decreto 557 del año 2011.

  • Y la tarjeta permanente sólo se da en el ámbito del Régimen Comunitario  establecido en el RD 240 del 2007.

La solicitud de la renovación de los permisos de trabajo y residencia deben realizarse durante los sesenta días naturales previos de la fecha de caducidad, o bien hasta los 90 días naturales siguientes a su fecha de vencimiento, sirviendo la solicitud de renovación como documento válido de prórroga del permiso de residencia y/o trabajo. Siempre con independencia de la más que probable sanción por solicitarlo con el permiso vencido.

Aún así, no solicitar la renovación de la Tarjeta de Identidad del Extranjero (TIE) en los tiempos legislados por la legislación del apartado 2 no produce en ningún caso la extinción de la autorización de residencia de larga duración.

Esta renovación del permiso de residencia y trabajo de larga duración o la tarjeta de residencia permanente ha de presentarse en la Policía y no en las oficinas de Extranjería.

La renovación de esta tarjeta de larga duración no es difícil pero un buen asesoramiento es muy importante para alcanzar la renovación con éxito y sin paseos incómodos por falta de documentación. En realidad lo que se renueva es la propia tarjeta física, pues el permiso de residencia ya está concedido de manera permanente. En el caso de tener algún tipo de antecedentes penales, podrías tener problemas para llevar a cabo la renovación del permiso de residencia y trabajo permanente.

La documentación mínima  necesaria para poder solicitar la renovación del permiso de trabajo es la siguiente:
  1. Impreso de solicitud relleno, con dos copias.

  2. Fotografía actual en color y con el fondo blanco.

  3. Original y copia del pasaporte , para demostrar residir de forma continuada y legal en España durante cinco años, para los supuestos en que así se requiera.

  4. Si se ha cambiado de domicilio, se debe aportar certificado de empadronamiento de no más de tres meses de antigüedad con el nuevo domicilio. Este punto es importante para tener el domicilio actualizado en la Policía ya que cualquier notificación que se haga presencial irá al domicilio indicado. Con una firma digital podría cambiarse el domicilio en la Policía y otros organismos para tener actualizado este registro en todas las administraciones. (Hacienda, Tesorería General de la Seguridad Social, INSS, Policía y Tráfico). La Gestoría FGM es proveedor de firma electrónica y puede ayudarle a realizar todos estos trámites telemáticos.

  5. Llevar el origina de la tarjeta de identificación de Extranjero que se va a renovar.

  6. Abono de la tasa correspondiente para la renovación del permiso de residencia de larga duración o de la tarjeta permanente.

  7. Y como es lógico finalmente hay que solicitar cita previa para  poder iniciar el trámite de huella para la expedición  de tarjeta de identidad de extranjero, desde la Web de extranjería.

  8. Como siempre en estos supuestos, TODA la documentación debe ser aportada con documentos originales y su copia para que puedan ser cotejadas por la administración y en muchas ocasiones para un posterior escaneo por parte de la administración pública.

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